A- de 2018
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Zacarias Ruiz Gonzalez·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Villavicencio y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Corte Suprema tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 para declarar la nulidad de lo actuado por el juez de primera instancia y por esa vía abstenerse de resolver la impugnación formulada.
Se recuerda que en reiterada jurisprudencia se ha establecido que las reglas contenidas en dicha norma no pueden ser usadas por el juez constitucional para rechazar la competencia o declarar la incompetencia de otra autoridad judicial, en la medida en que se trata de reglas administrativas para el reparto que no desplazan la competencia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que prosiga con el trámite y resuelva de fondo el recurso presentado por el accionante.
Se le hace una advertencia a esta Corporación para que en lo sucesivo se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las normas de reparto del Decreto 1069 de 2015, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 08 de marzo de 2018, que profirio la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, mediante el cual dispuso declarar la nulidad de lo actuado y ordeno remitir el expediente a los Juzgados del Circuito del Distrito Judicial de Villavicencio.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3339 a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, para que prosiga con el tramite y resuelva de fondo la impugnacion presentada por el accionante.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Cuarto. Administrativo Oral de Villavicencio la decision adoptada en esta providencia.
- Cuarto. ADVERTIR a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado en primera instancia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de 2017, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.